Cobro del Plan de Pensiones

Cobro del Plan de Pensiones

Antes de cobrar las prestaciones del plan de pensiones es conveniente tener en cuenta la forma de tributación según la forma en que se disponga, puesto que hay diferencias según se haga en forma de capital o de renta, y por tanto en su repercusión fiscal a la hora de hacer la Declaración de la Renta.

  • Renta: las cantidades que se cobren en forma de renta se integrarán en el IRPF como rendimientos del trabajo, sin reducción alguna

 

  • Capital: en caso de cobrarlo en forma de capital también se integrará en el IRPF como rendimientos del trabajo, pero en este caso la parte que corresponda a aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2006 gozarán de una reducción del 40%, siempre que se realicen en el año de jubilación o en los dos siguientes.